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El reparto europeo de África en Berlín

Eduardo Montagut

El continente africano fue ocupado y repartido entre las potencias europeas en el siglo XIX. A principios de dicha centuria los europeos solamente poseían factorías costeras o pequeñas colonias. Pero en la segunda mitad una verdadera pléyade de exploradores y misioneros recorrieron África, aprovechando el curso de los grandes ríos: Níger, Nilo, Congo, Zambeze y se aventuraron por el Sahara.

A partir del año 1870 las expediciones se multiplicaron y las potencias europeas se lanzaron a una intensa carrera de conquista y colonización de territorios. Los británicos deseaban establecer un imperio de norte a sur, vertebrado por el ferrocarril El Cairo-El Cabo, dominando, a su vez, la fachada oriental del continente con vistas a controlar el Océano Índico. El Reino Unido obtuvo territorios muy ricos en minerales (oro y diamantes), y se hicieron con otros de gran valor estratégico, como el Canal de Suez, que les permitía controlar el paso entre el Mediterráneo y el Mar Rojo hacia el Océano Índico.

Por su parte, los franceses pretendían levantar un imperio de este a oeste del continente africano. Comenzaron por dominar Argelia y desde allí fueron haciéndose gran parte del norte de África (Marruecos y Túnez), la costa occidental del continente y se extendieron hacia Sudán, punto de fricción con los británicos, ya que era la zona de choque con la línea norte-sur británica.

El rey de los belgas -Leopoldo II- encargó la exploración de la zona del Congo para levantar un imperio propio, que con el tiempo, habida cuenta de las atrocidades cometidas, pasaría a control del Estado belga. Los alemanes se establecieron en África central. Así pues, muy pronto comenzaron a entrar en colisión los intereses de las grandes potencias. Ante esta situación, en el año 1885 Bismarck convocó una Conferencia Internacional en Berlín.

En la Conferencia se tomaron una serie de decisiones sobre la colonización de África: garantía de libre navegación por los ríos Níger y Congo, establecimiento de unos principios para ocupar los territorios por parte de las metrópolis, basados en el dominio efectivo con notificación diplomática al resto de las potencias del establecimiento de la nueva colonia. Pero la Conferencia no terminó con los enfrentamientos entre las potencias coloniales.

Posteriormente, los alemanes se establecieron en Togo, Camerún, África suroccidental y Tanganica, mientras que los portugueses se hacían con Angola, Mozambique y Guinea-Bissau. Italia estableció su imperio en Libia y Somalia. Por fin, España se estableció en lo que luego fue Guinea Ecuatorial, y el Sahara Occidental (Río de Oro).

En el sur de África dos pequeñas repúblicas vecinas –Transvaal y Orange- estaban en manos de los holandeses nacidos en el continente africano y conocidos como bóers, después de haberse marchado de la zona de El Cabo (habían llegado en el siglo XVII), huyendo de la expansión británica en la zona. Pero la noticia del descubrimiento de importantes minas en Transvaal motivó a los ingleses a invadir los territorios de los bóers, provocando el estallido de una guerra, que duró tres años, con un alto coste en vidas humanas. Al final, esos territorios fueron anexionados al Imperio británico.

Fragmento del Congreso de Berlín (Acta General, 26 de febrero de 1885):

Deseando establecer en un espíritu de entendimiento mutuo, las condiciones más favorables al desarrollo del comercio y de la civilización en determinadas regiones de África, y asegurar a todos los pueblos las ventajas de la libre navegación por los principales ríos africanos que desembocan en el océano Atlántico; deseosos, por otra parte, de prevenir los malentendidos y las disputas que pudieran suscitar en el futuro las nuevas tomas de posesión efectuadas en las costas de África y preocupados, al mismo tiempo por los medios de aumentar el bienestar moral y material de las poblaciones indígenas, han resuelto (…):

1º Declaración relativa a la libertad de comercio en la cuenca del Congo, sus desembocaduras y países circunvecinos, con disposiciones relativas a la protección de los indígenas, de los misioneros y de los viajeros, y a la libertad religiosa. 

2º Declaración referente a la trata de esclavos y las operaciones que por tierra o por mar proporcionan esclavos para la trata. 

3º Declaración relativa a la neutralidad de los territorios comprendidos en la cuenca convencional del Congo. 

4º Acta de navegación del Congo. 

5º Acta de navegación del Niger.

6º Declaración que establece en las relaciones internacionales reglas uniformes respecto a las ocupaciones que en adelante puedan verificarse en las costas del continente africano.

Artículo 34. Toda potencia que en lo sucesivo tome posesión de un territorio situado en la costa del continente africano, pero fuera de sus posesiones actuales, o que no poseyendo ninguno hasta entonces, llegase a adquirirlo, así como toda potencia que se haga cargo en aquélla de un protectorado, acompañará el Acta respectiva de una notificación dirigida a las restantes potencias firmantes de la presente Acta, con objeto de ponerlas en condiciones de hace valer sus reclamaciones, si hubiese lugar a ellas.

Artículo 35. Las potencias firmantes de la presente Acta reconocen la obligación de asegurar, en los territorios ocupados por ellas en la costa del continente africano, la existencia de una autoridad suficiente para hacer respetar los derechos adquiridos y, llegado el caso, la libertad de comercio y de tránsito en las condiciones en que fuese estipulada.”


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